En el informe la autora analiza los estándares internacionales relacionados con el derecho a una educación no sexista. En el texto se destaca la obligación del Estado de cumplir con el Derecho Internacional de los Derechos Humanos (DIDH), incluido el derecho a la educación, según lo establecido en la Constitución y los tratados internacionales ratificados. Se hace referencia a varios instrumentos internacionales que consagran el derecho a la educación, enfatizando la importancia de garantizarlo sin discriminación de género u otras categorías.